º. Serán funciones de la Junta Asesora del Nivel Local Regionalizado además de las establecidas en el Decreto - Ley número 664 de 1974, las siguientes
Colaborar con la Dirección del Nivel Local Regionalizado en la realización de las políticas del Ministerio de Salud Pública:
Propender por la por la consecución de nuevas fuentes de financiamiento, así como por el cumplimiento oportuno de los compromisos de las entidades aportantes. COMITÉ TÉCNICO