º DE LA DELEGACION. El Ministerio de Salud podrá delegar la expedición de Licencias Sanitarias de Funcionamiento y Registros Sanitarios en las Direcciones Seccionales y Distritales de Salud, que demuestren disponer de los recursos tecnológicos y humanos para realizar esta función.
Las licencias y registros que expidan las autoridades delegadas tendrán validez para todo el territorio Nacional y se ajustarán a las normas y procedimientos que regulen dichas materias.