El Gobierno queda facultado para comprar las tierras necesarias, que no podrán pasar de trescientas hectáreas para cada granja; para nombrar sus empleados, fijarles sus sueldos y proveer aquellas de todo lo indispensable.
Parágrafo
El Gobierno deberá adquirir ejemplares de reproductores de toda clase de ganados para las granjas, y con destino a la venta en pública subasta de acuerdo con los recursos disponibles.