Articulo 150. Del cierre de investigación Una vez cumplido el término a que se refiere el artículo 346 de este Decreto, el investigador declarará cerrada la investigación y elaborará un informe en el cual aparezcan
La descripción de los hachos que hayan dado bogar a la formación del proceso disciplinario:
El análisis de las pruebas en las cuales so funde o se destruye la imputación al funcionario acusado.