La Secretaría Técnica de la Instancia informará cada seis meses a la Mesa Permanente de Concertación, al Ministerio del Interior y al Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control de la gestión de esta.
El informe contendrá como mínimo: (i) resumen de la gestión en función de los proyectos de inversión aprobados, (ii) valor de los proyectos de inversión aprobados, (iii) articulación con los planes de vida y otros instrumentos de planeación propios y (iv) Puntaje obtenido de la aplicación del mecanismo de evaluación de puntajes de los proyectos de inversión.