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Artículo 36

Ley 4 de 1943 · Sobre seguridad rural y por la cual se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El numeral 16 del artículo 406 del Código de Procedimiento Penal quedara así:

16.Hurto.

16 bis. Estafa de cantidad o cosa que valga más de doscientos pesos ($20.00).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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