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Artículo 3

Ley 15 de 1909 · Por la cual se ordena la reparación y embellecimiento de la quinta de San Pedro Alejandrino en la ciudad de Santa Marta

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la guarda y conservación de la quinta se crea el empleo de Celador Jardinero, con la asignación anual de trescientos sesenta pesos ($ 360) oro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 15 de 1909