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Artículo 2

El Servicio De Radiodifusión Sonora En Frecuencia Modulada (Fm) Podrá Ser Público O Privado Y Las Estaciones, Cualquiera Sea Su Naturaleza, Tendrá Carácter Educativo O Comercial

Decreto 557 de 1975 · Por el cual se reglamenta el artículo 28 del Decreto 3418 de 1954, sobre el servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) podrá ser público o privado y las estaciones, cualquiera sea su naturaleza, tendrá carácter educativo o comercial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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