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Artículo 10

Facultase A Los Comandantes De Fuerza Para Reglamentar La Expedición De Documentos De Identificación Militar Al Personal De Alumnos De Las Escuelas De Formación De Oficiales Y Suboficiales Y Al Personal De Soldados Del Ejército, La Fuerza Aérea, Infantería De Marina Y Grumetes De La Armada Nacional

Decreto 363 de 1967 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre identificación de personal al servicio del Ministerio de Defensa Nacional

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facultase a los Comandantes de Fuerza para reglamentar la expedición de documentos de identificación militar al personal de alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales y Suboficiales y al personal de Soldados del Ejército, la Fuerza Aérea, Infantería de Marina y Grumetes de la Armada Nacional.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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