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Artículo 5

Ley 80 de 1939 · Por la cual se provee a la modernización de los puertos de Buenaventura y Tumaco

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se autoriza al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales para conceder una rebaja hasta del veinticinco por ciento (25%) sobre la tarifa mínima vigente para los materiales que vayan del interior a Buenaventura con destino a las edificaciones ya mencionadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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