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Artículo 1

Decreto 335 de 1909 · Por el cual se establece la manera de otorgar fianzas en el Ramo de Guerra

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. La fianza que otorguen los nuevos Habilitados de los Cuerpos del Ejército y demás empleados de manejo de que trata el Decreto número 275 de fecha 13 de los corrientes deber ser en caso hipotecaria. Comuníquese y publíquese

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 335 de 1909