Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1927 la fecha para la introducción de los artículos de que trata el artículo 10 de la ley 44 de 1925 , y destinados a la reconstrucción de la ciudad de Manizales.
Queda así reformado el artículo 10 de la Ley 44 de 1925 .