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Artículo 2

Ley 61 de 1945 · Por al cual se restablece el libre comercio y exportación del platino

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quedan vigentes solamente, en relación con la industria del platino, las normas encaminadas a la efectividad del cobro del impuesto existente sobre los giros provenientes de la exportación del platino, y a la seguridad de que el producto en moneda extranjera proveniente de tal exportación se pondrá a disposición del Banco de la República, en conformidad con lo que disponen al respecto los artículos 8º del Decreto número 2092 de 1931 y 2º de la Ley 21 de 1935 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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