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Artículo 5

Decreto 1519 de 1991 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 23 de 1991 sobre creación de mecanismos para descongestionar los despachos judiciales.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Dictada la correspondiente providencia interlocutoria por el Juez Ad Honorem, su notificación y el control de los términos, así como la subsiguiente actuación, será de responsabilidad del personal del Juzgado al cual se encuentra asignado aquél; pero el recurso de reposición interpuesto contra ella será resuelto por el Juez Ad Honorem dentro de la limitación temporal señalada por la ley o el reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1519 de 1991