La suma de que trata el artículo anterior será manejada por la Junta integrada así: el Alcalde Municipal, un miembro nombrado por el Gobierno Nacional, el Cura Párroco y dos vecinos del Municipio, elegidos por el Concejo Municipal.
Será Tesorero de la Junta el Tesorero del Municipio de Valledupar, quien deberá prestar caución ante la Contraloría General de la República, entidad a la cual rendirá sus cuentas.