La declaratoria de nulidad afectará la actuación disciplinaria desde el momento en que se presente la causal. Así lo señalará el funcionario competente y ordenará que se reponga la actuación que dependa del acto declarado nulo para que se subsane lo afectado.
La declaratoria de nulidad de la actuación disciplinaria no invalida las pruebas practicadas y allegadas legalmente.