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Artículo 3

Decreto 1379 de 1944 · Por el cual se conceden unas franquicias en los servicios de correos y telégrafos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Dentro de las prescripciones reglamentarias concédese franquicia telegráfica de treinta (30) palabras a los Pagadores de las guarniciones de la Policía Nacional de fuera de Bogotá. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1379 de 1944