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Artículo 2

Decreto 1724 de 1977 · Por el cual se establece la Planta de Personal del Programa de Concentraciones de Desarrollo Rural

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Créanse en la Dirección General de Administración e Inspección Educativa, los cargos administrativos que se determinan a continuación, para las Concentraciones de Desarrollo Rural: No. De Cargos Denominación del empleo Clase Grado Sueldo Básico 16 Directores de Centro IV 20 $ 10.700 16 Subdirectores de Centro IV 10 10.000 32 Promotores de Desarrollo de la Comunidad V 18 9.200 34 Promotores de Desarrollo de la Comunidad II 12 5.400 8 Jefes de Taller III 13 5.900 16 Pagadores IV 15 7.100 16 Bibliotecarios III 12 5.400 33 Secretarias II 9 4.100 16 Ecónomas IV 9 4.100 32 Mecánicos III 9 4.100 16 Auxiliares de Servicios Generales IV 4 2.500 34 Auxiliares de Servicios Generales II 2 2.100 32 Celadores I 2 2.100 90 Auxiliares de Servicios Generales I 1 2.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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