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Artículo 175

Las Áreas De Derechos Mineros, Gozan De Las Servidumbres Necesarias Para Su Exploración, Explotación, Beneficio Y Transformación Adecuados, Tales Como Las De Uso De Los Terrenos, De Extracción De Maderas Y Otros Materiales, De Tránsito Y Transporte, De Acueducto, De Ventilación, De Desagüe, De Pastaje Y De Visita A Las Minas Inmediatas

Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las áreas de derechos mineros, gozan de las servidumbres necesarias para su exploración, explotación, beneficio y transformación adecuados, tales como las de uso de los terrenos, de extracción de maderas y otros materiales, de tránsito y transporte, de acueducto, de ventilación, de desagüe, de pastaje y de visita a las minas inmediatas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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