° Abrese al Presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1927, un crédito extraordinario por la suma de $ 872,298-71, que llevará la siguiente imputación: Nota-Las asignaciones de los empleados marcados con asteriscos, están liquidadas con el cinco por ciento (5 por 100) más, de acuerdo con los
s 2° y 3° del artículo 1° de la Ley 66 de 1926. A las partidas globales asignadas para Guardas, se les liquidó el cuarenta por ciento (40 por 100) de aumento, porque los sueldos de éstos son todos menores de $ 50.