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Artículo 14

El Cuadro Que Mensualmente Deben Remitir A La Dirección General De Estadística Los Empleados De Que Trata El Artículo 4º Del Decreto Número 150 De 1915 (Ministerio De Hacienda) Contendrá Los Siguientes Datos: Numeral De La Tarifa, Peso Y Valor De Cada Artículo, Procedencia Y Derechos Causados Por Contribución De Aduanas

Decreto 690 de 1916 · En ejecución y desarrollo de la Ley 63 de 1914, sobre estadística nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El cuadro que mensualmente deben remitir a la Dirección General de Estadística los empleados de que trata el artículo 4º del Decreto número 150 de 1915 (Ministerio de Hacienda) contendrá los siguientes datos: numeral de la tarifa, peso y valor de cada artículo, procedencia y derechos causados por contribución de aduanas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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