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Artículo 63

Uniforme De Parada

Decreto 1040 de 1929 · Por el cual se reglamenta el uniforme del Ejército Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Uniforme de parada. Número 1. Composición: casco negro con punta; guerrera; pantalón largo azul; corbatín negro; cinturón negro; botas por encima del pantalón. (Este mismo uniforme con pantalón blanco de dril, en casos en que determine el Comandante de guarnición). Cuándo debe usarse: En todos los casos indicados para el empleo de los uniformes 1 y 1 A de los Oficiales inferiores; y el individuo que contrae matrimonio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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