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Artículo 2

º

Decreto 202 de 1982 · Por medio del cual se prorroga al gravamen arancelario a algunas posiciones al Arancel de Aduanas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Derógase el artículo 2º del Decreto 19 de 1981, en lo referente a las posiciones 28.01.00.02,28.17.01.02, 28.17.01.99, 29.01.03.02, 29.02.01.07, 29.02.02.01 y 29.13.02 -0 4.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 202 de 1982