° Las importaciones de productos que no se encuentren incluidos en la lista de excepciones de Colombia a la Preferencia Arancelaria Regional, originarios y provenientes de los países miembros de la Aladi, que den cumplimiento al Segundo Protocolo Modificatorio al Acuerdo Regional número 4, pagarán el gravamen arancelario que resulte de multiplicar el gravamen aplicable a terceros países por los índices que aparecen a continuación: PAISES DE ORIGEN INDICE Argentina 0.88 Bolivia 0.66 Brasil 0.80 Chile 0.80 Ecuador 0.72 México 0.88 Paraguay 0.66 Perú 0.80 Uruguay 0.80 Venezuela 0.80
El Incomex con base en la información que suministre la Secretaría de la Aladi, comunicará mediante circular los países que pueden beneficiarse de la preferencia arancelaria a que se refiere el presente artículo.