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Artículo 20

No Podrán Ser Designados Para Un Mismo Circulo Notarial Personas Que Sena Entre Sí Cónyuges O Parientes Dentro Del Cuarto Grado De Consanguinidad; Segundo De Afinidad O Primero Civil

Decreto 717 de 1974 · Por el cual se organiza la Carrera Notarial y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

No podrán ser designados para un mismo circulo notarial personas que sena entre sí cónyuges o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad; segundo de afinidad o primero civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 717 de 1974