° Los cargos de Juez Militar Especial, y de funcionarios de Instrucción de los Llanos Orientales creados por el Decreto 002 de 1951, así como los cargos subalternos a que se refiere la mencionada disposición, continuarán siendo de libre nombramiento y remoción del Gobierno.
El Gobierno fijará los sueldos y viáticos que a partir del 19 de noviembre de 1952 corresponden a los empleados a que se refiere el Decreto 002 de 1951.