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Artículo 71

Destinación De Los Recursos Para Grupos Étnicos De Las Asignaciones Directas

Ley 2056 de 2020 · por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los municipios con ingresos corrientes por concepto de asignaciones directas destinarán el 4,5% y los departamen­tos el 2% de su presupuesto bienal vigente por dicho concepto, para proyectos de inversión con enfoque diferencial en los Pueblos y Comu­nidades Indígenas y las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Rai­zales y Palenqueras que se encuentren asentadas en aquellas entidades territoriales, debidamente acreditadas por la autoridad competente.

De conformidad con lo anterior, los municipios y departamentos destinarán los recursos aplicando la fórmula adoptada por la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías.

Parágrafo 1

La fórmula de destinación será elaborada de manera coordinada por los delegados del Gobierno nacional, la Instancia de Decisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas y la Instancia de decisión de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Pa­lenqueras para ser adoptada por la Comisión Rectora del Sistema Ge­neral de Regalías. La fórmula buscará contribuir al buen vivir, al cierre de brechas entre las poblaciones y podrá incluir, entre otros, criterios territoriales, de población y de medición de las condiciones de calidad de vida de las poblaciones, certificados por el DANE y las entidades competentes.

Parágrafo 2

Lo anterior sin perjuicio de que los alcaldes o gober­nadores destinen recursos adicionales de las asignaciones directas en proyectos de inversión para Pueblos y Comunidades Indígenas y Co­munidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.

Parágrafo transitorio

Sólo para el siguiente Presupuesto del Sistema General de Regalías, la fórmula de destinación será la siguiente:

La participación = [(Población grupo étnico) / (Población pueblo y comunidad Indígena + Población Negra, Afrocolombiana, Raizales y Palenqueras)] X [Total de recursos de la entidad destinados a la inver­sión con enfoque diferencial].

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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