Articulo 94 . Cambios o adición de presentaciones comerciales . Las solicitudes de cambio o adición de presentación comercial de las bebidas alcohólicas deben presentarse ante la división de vigilancia de productos bioquímicos del ministerio de salud, indicando la nueva presentación.
Este cambio o adición se aprobara por medio de una autorización expedida por el jefe de la división de vigilancia de productos bioquímicos del Ministerio de Salud.