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Artículo 4

Prohibiciones

Decreto 1175 de 2021 · Por el cual se crea una bonificación especial de compensación para unos servidores públicos del Ministerio del Trabajo.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prohibiciones. Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional determinado por las normas del presente Decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4 a de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos. Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúense las asignaciones de que trata el artículo 19 de la Ley 4° de 1992.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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