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Artículo 3

Si En El Término Previsto En El Artículo Anterior, Los Ocupantes No Abandonan El Predio, La Autoridad Que Tramite El Amparo Está En La Obligación De Desalojarlo Acudiendo, Si Es Del Caso, A La Fuerza Pública

Decreto 2239 de 2009 · por el cual se establece el procedimiento para adelantar las solicitudes de amparo policivo promovidas por las empresas de servicios públicos.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Si en el término previsto en el artículo anterior, los ocupantes no abandonan el predio, la autoridad que tramite el amparo está en la obligación de desalojarlo acudiendo, si es del caso, a la fuerza pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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