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Artículo 16

Derogado Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo 16

Decreto 1023 de 2012 · por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia deSociedades y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado
1.

Presentar al Superintendente Delegado propuestas para el seguimiento de la política de supervisión, su seguimiento y control;

2.

Coordinar el ejercicio de las funciones relacionadas con la situación de control y grupos empresariales;

3.

Adelantar las acciones tendientes a comprobar la realidad de las operaciones que se celebren entre una sociedad no supervisada por otra superintendencia y sus vinculadas y proyectar los actos necesarios tendientes a ordenar la suspensión de las mismas;

4.

Adelantar la supervisión de los clubes con deportistas profesionales;

5.

Ejercer la supervisión de los fondos ganaderos;

6.

Designar los delegados a las reuniones de la asamblea general o junta de socios cuando lo considere necesario y se trate de asuntos de su competencia;

7.

Convocar a la asamblea general o a la junta de socios cuando quiera que estas no se hayan reunido en las oportunidades previstas en los estatutos o en la ley, en los asuntos que le son propios;

8.

Dirigir el ejercicio de las funciones asignadas por la ley en relación con las sociedades administradoras de planes de autofinanciamiento comercial;

9.

Coordinar la aplicación de la política de supervisión por parte de las Intendencias Regionales en los asuntos que le han sido delegados;

10.

Presentar propuestas al Superintendente Delegado para el seguimiento del plan estratégico correspondiente a la Delegatura;

11.

Proponer iniciativas estratégicas, planes, políticas y proyectos de mejoramiento institucional a la Delegatura, de acuerdo con las necesidades, normas y lineamientos de la Superintendencia;

12.

Proponer las directrices y apoyar a las dependencias de la Delegatura, en coordinación con las áreas competentes, en la elaboración del plan de acción a mediano, corto y largo plazo y proponer los ajustes que se requieran en desarrollo del plan estratégico de la Superintendencia;

13.

Gestionar con las dependencias de la Delegatura la construcción de indicadores de gestión, según los lineamientos del Superintendente Delegado;

14.

Adelantar el seguimiento y control al cumplimiento de los objetivos, metas, normas, procedimientos, gestión de calidad y estándares de las dependencias de la Delegatura;

15.

Consolidar los informes periódicos de las dependencias de la Delegatura y solicitar aquellos que se requieran para el ejercicio de las funciones de la Delegatura;

16.

Adelantar el seguimiento y control de los proyectos de inversión a cargo de la Delegatura;

17.

Informar al Superintendente Delegado para la Inspección, Vigilancia y Control sobre las actuaciones a su cargo.

18.

Las demás que le correspondan, de acuerdo con la ley o los reglamentos. Vigente desde: 18/05/2012 y hasta el: 21/12/2020

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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