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Artículo 4

Decreto 1966 de 1995 · por el cual se crea la Notaría Tercera en el Círculo Notarial de Cartago en el Departamento del Valle del Cauca.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publquíse y cúmplase. Dada en Santafé de Bogotá D.C. a 8 de noviembre de 1995. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro De Justicia Y Del Derecho, Nestor Humberto Martinez Neira.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1966 de 1995