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Artículo 2

Los Empleados Públicos De Carrera Administrativa Que Vienen Prestando Sus Servicios En El Fondo De Cofinanciación Para La Inversión Rural, Dri, En Liquidación, A Quienes Se Les Suprima El Cargo En Virtud De Lo Dispuesto En El Artículo Primero Del Presente Decreto, Y Que No Sean Incorporados Directamente En La Planta Del Ministerio De Agricultura Y Desarrollo Rural, En Razón Al Cumplimiento Del Plan De Protección Social De Prepensionados De Conformidad Con Las Leyes 790 De 2002 Y 812 De 2003 Y El Decreto 190 De 2003, Tendrán Derecho A Optar Por La Indemnización O Por La Incorporación A Empleo Equivalente De Conformidad Con Lo Consagrado En La Ley 443 De 1998, Y En Los Decretos Reglamentarios 1572 De 1998 Y 1173 De 1999, Con Sujeción Al Procedimiento Establecido En El Decreto 1568 De 1998 Y Demás Normas Vigentes Sobre La Materia

Decreto 4319 de 2004 · por el cual se suprimen unos cargos de la planta de personal del Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural, DRI en Liquidación.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los empleados públicos de carrera administrativa que vienen prestando sus servicios en el Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural, DRI, en Liquidación, a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el artículo primero del presente Decreto, y que no sean incorporados directamente en la planta del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en razón al cumplimiento del Plan de Protección Social de prepensionados de conformidad con las Leyes 790 de 2002 y 812 de 2003 y el Decreto 190 de 2003, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo equivalente de conformidad con lo consagrado en la Ley 443 de 1998, y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 1568 de 1998 y demás normas vigentes sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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