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Artículo 8

O

Decreto 2165 de 1992 · por el cual se reestructura la Superintendencia Nacional de Salud.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 8o. Funciones de la Oficina Jurídica. - La Oficina Jurídica cumplirá las siguientes funciones

1.

Asistir y asesorar al Superintendente Nacional de Salud en los asuntos jurídicos relacionados con la Superintendencia;

2.

Revisar las providencias y demás actuaciones administrativas que someta a su consideración el Superintendente Nacional;

3.

Estudiar y proyectar las providencias que deba proferir el Superintendente Nacional en segunda o única instancia;

4.

Realizar los estudios jurídicos y conceptuar sobre los documentos y requisitos que deben acreditar las entidades vigiladas para sustentar los actos administrativos del Superintendente Nacional;

5.

Elaborar los conceptos sobre la juridicidad de los actos de las diferentes dependencias de la Superintendencia y de las entidades vigiladas que sean sometidos a su consideración;

6.

Elaborar y revisar los proyectos de actos administrativos concernientes a los asuntos de competencia de la entidad;

7.

Responder por los procesos que se adelanten en contra de la Nación - Superintendencia Nacional de Salud;

8.

Asesorar y coordinar a todas las dependencias de la Superintendencia en asuntos de su competencia con el objeto de mantener unidad de criterio;

9.

Preparar las minutas de contratos y colaborar en la elaboración y revisión de los proyectos de ley y decretos concernientes de la entidad;

10.

Recopilar, actualizar y sistematizar las normas legales y reglamentarias de la Superintendencia y de las entidades vigiladas en los aspectos relativos a su competencia, y velar por su difusión;

11.

Tramitar las quejas presentadas por cualquier persona en ejercicio del derecho de petición, así como las consultas que formulen las entidades vigiladas en asuntos de competencia de la Superintendencia;

12.

Las demás que se le asignen y correspondan a la naturaleza de la Oficina Jurídica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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