º Los Síndicos Departamentales de Lazaretos serán nombrados por el Gobierno Nacional, por conducto del Ministerio de Hacienda, en donde se hará la confirmación del nombramiento y se aceptarán las cauciones que deben prestar para posesionarse.
Los Subsíndicos y agentes especiales serán nombrados por la Dirección General de Lazaretos de ternas que le presentarán los respectivos Síndicos. Estos nombramientos no necesitan confirmación y los nombrados, para posesionarse, prestarán aseguro a satisfacción del Síndico Departamental, previas las comprobaciones de que trata el Código Fiscal.