JurídicoESEN

Artículo 3

La División De Impuestos Nacionales Reglamentará Lo Procedente A Efecto De Establecer Los Controles Necesarios Relacionados Con La Facturación De Acpm A Embarcaciones Marítimas

Decreto 881 de 1967 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto legislativo 3083 de 1966.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La División de Impuestos Nacionales reglamentará lo procedente a efecto de establecer los controles necesarios relacionados con la facturación de ACPM a embarcaciones marítimas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 881 de 1967