°. Vigencia . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el Decreto 1073 de 2015 (Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía).
Aquellas solicitudes presentadas ante el Ministerio de Minas y Energía previo a la entrada en vigencia del presente Decreto, les serán aplicables las disposiciones previstas en la normatividad vigente al momento de su radicación.