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Artículo 1

Créase El Premio Nacional De La Comunicación Social Destinado A Exaltar, Premiar Y Estimular La Labor De Los Medios De Comunicación Social Que En Desarrollo De Campañas Sociales, Cívicas O Culturales, Hayan Logrado Resultados Positivos En La Prevención De La Delincuencia Y Rehabilitación Del Recluso

Decreto 276 de 1977 · Por el cual se crea el Premio Nacional de la Comunicación Social para la rehabilitación del recluso

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Créase el Premio Nacional de la Comunicación Social destinado a exaltar, premiar y estimular la labor de los medios de comunicación social que en desarrollo de campañas sociales, cívicas o culturales, hayan logrado resultados positivos en la prevención de la delincuencia y rehabilitación del recluso.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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