ARTICULO 19. La División de Educación en Salud y Divulgación tiene las siguientes funciones
Diseñar e implementar metodologías de educación formal e informal para desarrollar el auto cuidado individual, familiar y colectivo, como apoyo a los programas que establezca el Ministerio;
Diseñar, producir y emitir paquetes de comunicación masiva para el apoyo de campañas y programas regulares difundidos por el Ministerio de Salud;
Asistir técnicamente a las Direcciones Seccionales y Locales de Salud en la implementación de las actividades de educación formal e informal y en el diseño, producción y emisión de paquetes de comunicación masiva. Secretaría General.