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Artículo 2

Decreto 630 de 1904 · Por el cual se adiciona la primera liquidación del Presupuesto de Gastos de 1903 y 1904 con una cantidad y se contracredita con otra

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2º Contracredítase la expresada liquidación con la cantidad de cuatro cientos cuarenta y ocho pesos ($ 448), en moneda legal de oro, imputable así: DEPARTAMENTO DEL TESORO Capitulo 54 Tesorería general de la República-Personal Art. 324. Para deducir del crédito abierto á este artículo por el Decreto número 2 de 1904, el exceso de que se ha hecho mención $ 448 Suma con que se contracredita el Departamento del Tesoro $ 448 Publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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