Certificación del costo de las prestaciones sociales a financiar con situado fiscal. Para efectos de lo previsto en el
del artículo 11 de la Ley 60 de 1993. Los Ministerios de Salud y Educación deberán certificar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público el costo de las prestaciones sociales a financiar con el situado fiscal.