Las transferencias de fondos y/o divisas a través de sistemas de pagos se regirán por las mismas disposiciones aplicables a los sistemas de compensación y liquidación de valores definidos en el presente título, en los términos que reglamenten el Gobierno Nacional y el Banco de la República de acuerdo con sus competencias.
DEL FUNCIONAMIENTO ORDENADO DEL MERCADO
Disposiciones generales aplicables a las entidades sometidas a la inspección y vigilancia permanente de la Superintendencia de Valores