El Jefe de Servicio de Siros tendrá únicamente funciones de Administrador del servicio ordenador del movimiento de los fondos especiales, los cuales serán distribuidos proporcionalmente entre la Tesorería General de la República y las agencias o sucursales del banco de la República en las capitales de los Departamentos, Intendencias o Comisarias.
En las capitales de Intendencias o Comisarias donde no haya agencias del Banco de la República, los fondos serán distribuidos entre las respectivas administraciones de Hacienda Nacional.