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Artículo 1

Decreto 1023 de 1968 · por el cual se reglamenta el pago del subsidio para los enfermos de lepra.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El subsidio señalado a los enfermos de lepra, en el Decreto 525 de 1968 (abril 16), se cubrirá a los beneficiarios que se hallen hospitalizados en los Sanatorios de Agua de Dios y Contratación, con retroactividad al primero de febrero del año en curso, así: nueve pesos ($ 9.00) a la institución para gastos de alimentación y dos pesos ($ 2.00) que se entregarán directamente al enfermo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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