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Artículo 2.2.4.1.2.2.21

Derogado

Decreto 1082 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional”

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.4.1.2.2.21. Ajustes al cierre presupuestal del capítulo de regalías dentro del presupuesto de los beneficiarios y ejecutores. Con ocasión al cierre de que tratan los artículos 1° a 12 y 18 del Decreto 722 de 2015, en caso de existir diferencias que afecten las decisiones de los órganos colegiados de administración y decisión (OCAD) sobre la viabilización, priorización o aprobación de proyectos o la financiación de inflexibilidades de que trata el artículo 144 de la Ley 1530 de 2012, la secretaría técnica respectiva debe informar a las entidades beneficiarias o ejecutoras para que se tramiten los ajustes pertinentes ante el OCAD.

Una vez aprobados los ajustes por el órgano colegiado, los beneficiarios y ejecutores del presupuesto del bienio 2013-2014 modificarán su capítulo presupuestal independiente para el bienio 2015-2016.

(Decreto 722 de 2015, artículo 14)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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