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Artículo 2

Decreto 3055 de 1980 · Por el cual se adiciona la Planta de Personal del Programa de Concentraciones de Desarrollo Rural

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. La entidad nominadora procederá, conforme a las disposiciones legales vigentes, a designar el personal para ocupar los cargos creados por el presente Decreto:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3055 de 1980