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Artículo 6

Para Actuar Como Funcionario De Instrucción En Los Casos De Fraude Á Las Rentas De Pieles, Degüello, Tabaco, Fósforos, Cigarrillos, Minas, Licores Extranjeros Y Exportación De Metales Preciosos, Se Autoriza Á La Administración De Las Nuevas Rentas Para Hacer Los Nombramientos De Tenientes Políticos Que Fueren Necesarios, Y Para Señalar Las Dotaciones

Decreto 628 de 1906 · Por el cual se reforman y complementan algunas disposiciones sobre manejo y organización de la Renta de licores y sobre los funcionarios de instrucción en las causas por fraudes

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para actuar como funcionario de instrucción en los casos de fraude á las Rentas de pieles, degüello, tabaco, fósforos, cigarrillos, minas, licores extranjeros y exportación de metales preciosos, se autoriza á la Administración de las nuevas rentas para hacer los nombramientos de Tenientes políticos que fueren necesarios, y para señalar las dotaciones.

Parágrafo

Los Tenientes políticos de la Renta de licores nacionales que descubran un fraude á alguna de las otras Rentas enumeradas en el presente artículo, pueden ejercer en ese caso como funcionarios de instrucción, y tendrán derecho á la mitad del valor de las multas y de los objetos decomisados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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