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Artículo 3

° Prorróganse Hasta El 31 Del Presente Mes Las Funciones Del Tenedor De Libros De La Extinguida Administración De Hacienda Nacional De Cundinamarca, Para El Efecto Del Arreglo Y Rendición De Las Cuentas Pendientes De Dicha Oficina

Decreto 234 de 1911 · por el cual se adiciona el Decreto número 204 de 27 de Febrero de 1911.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Prorróganse hasta el 31 del presente mes las funciones del Tenedor de Libros de la extinguida Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca, para el efecto del arreglo y rendición de las cuentas pendientes de dicha Oficina. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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