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Artículo 15

Decreto 1743 de 1996 · por el cual se aprueba el programa de enajenación de las acciones que la Nación posee o llegue a poseer en Termocartagena S.A., ESP.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vigencia. Este Decreto rige desde la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D C., a 20 de septiembre de 1996. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria. El Ministro de Minas y Energía, Rodrigo Villamizar Alvargonzález.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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