Los Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional, en servicio activo, que sean trasladados dentro de las guarniciones del país, gozarán si fueren casados o viudos con hijos legítimos, además de los respectivos pasajes para ellos, sus esposas e hijos, de una Prima de Gastos de Instalación equivalente a un sueldo básico correspondiente a su grado, la cual les será reconocida cuando lleven sus familias a la nueva guarnición. Cuando el traslado sea al exterior o del exterior al país, la Prima se pagará en dólares sobre el cincuenta por ciento (50%) del sueldo básico, a razón de un (1) dólar por cada peso.
Los Oficiales y Suboficiales solteros tendrán derecho a los pasajes y a una Prima de Instalación equivalente al diez (10%) del sueldo básico. Si el traslado fuere al exterior, o del exterior al país, la Prima será igual al cinco por ciento (5%) del sueldo básico, a razón de un (1) dólar por cada peso.